Durante la 43° Asamblea de la Organizacion de Estados Unidos se aprobaron dos convenciones denominadas “Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial, y formas conexas de intolerancia” y la “Convención Interamericana contra toda forma de Discriminación e Intolerancia”, y se procedió a la apertura de la firma de las mismas por parte de los Estados Américanos. Guatemala por su parte no se adhirió a dichas convenciones debido a que violan algunos derechos reconocidos por la costitución guatemalteca y el Pacto de San José.
Los abogados Neydy Casillas, Natalia Callejas y Axel Beteta, miembros de Alliance Defense Freedom y Blackstone Legal Fellowship, organizaciones comprometidas por la defensa de los derehos humanos, elaboraron un documento analitico de dichas convenciones determinando porque tales documentos no se apegan a derecho, indicando lo siguiente:
Las convenciones contra la discriminación e intolerancia aprobadas en la 43° Asamblea General de la OEA dejan en total vulnerabilidad a cualquier persona que no esté de acuerdo y no apoye el comportamiento homosexual, pues convierte a este grupo en ciudadanos privilegiados otorgándoles derechos especiales sin ninguna base jurídica haciendo acepción de personas, pues las personas aun siendo homosexuales nacen con sexo, hombre o mujer por ende merecedoras de todos los derechos contenidos en la Convención Interamericana, fundamento jurídico de la Organización de Estados Americanos, contraviniendo éste en sus artículos. Dichas convenciones no responden a las necesidades esenciales de cada país y se pasa por alto que los derechos fundamentales de todos los ciudadanos ya están consagrados dentro de los instrumentos jurídicos adoptados por los estados parte. Así mismo estas disposiciones confunden y debilitan las normas internacionales ya existentes y son una contradicción en sí mismas. En nombre de la discriminación se crea una nueva forma de discriminación en contra de una mayoría real que existe en cada uno de los países que conforman la Organización de Estados Americanos que defiende y afirma los derechos fundamentales ya consagrados en el Pacto de San José. Este documento atenta contra la soberanía interna de los Estados ya que viene a intervenir en el desarrollo de su normativa penal, sugiriendo la creación de delitos que no necesariamente responden a la realidad social de la población.
Por las razones anteriores no existe reserva que pueda proteger al resto de los ciudadanos, por tanto los países que están comprometidos con la justicia y la igualdad no deberían adherirse a dicho documento.
Las convenciones violan derechos humanos como la libertad de expresión y pensamiento, igualdad ante la ley, libertad de conciencia y religiosa y la protección al matrimonio y la familia. (Si desea conocer a profundidad el documento elaborado por los expertos hacer clic aquí).
Ante ello es necesario enfatizar que la persona humana posee derecho inherentes a su ser, como los anteriormente mencionados, los cuales no se fundamentan en el pensamiento de determinados hombres sino en la naturaleza humana misma, siendo el único papel del estado y del Derecho el reconocer y velar por la protección de aquellos. En FADEP, aplaudimos la decisión del Estado de Guatemala al no haberse sucrito a dichas convenciones que atentan contra algunos derecho humanos. Exhortamos al gobierno a que continúe velando por éstos y por la protección y defensa de la familia y el matrimonio.